El Registro de Propiedad Automotor “es indispensable, sería muy turbia su eliminación”


Otro de los sectores que se vio involucrado en los cambios rotundos que propone el presidente Javier Milei fue el de automotor. En el documento se plantea cambios en el funcionamiento de los Registros de Propiedad Automotor en el territorio nacional.

Entre los puntos salientes de la normativa, aparece la simplificación y digitalización del Registro, la libertad de circulación, y habla además de las deudas y las responsabilidades de los titulares.

Para conocer cómo repercutió esta medida en el sector, Roberto Delgado, presidente de la Cámara de Mandatarios de Misiones dio su opinión en FM Santa María de las Misiones.

En primera instancia, Delgado se refirió a la digitalización total del sistema de Registro de Propiedad Automotor. Aclaró que el martes se reunieron todas las instituciones del país; Y en esa oportunidad, debatieron acerca de los tres proyectos de reforma del sistema registral de Argentina, donde primó una sobre las demás: la propuesta elegida fue presentada por la diputada Patricia Vásquez y busca, en principio, agilizar los trámites a los ciudadanos, y reducir costos.

“En realidad, desde el 2017 ya venimos con un sistema registral digitalizado en su gran parte. Todas las medidas digitales que se implementen al sistema registral se van a empezar a aplicar a partir de mayo, aparentemente”, informó Delgado.

En cuanto a la inscripción inicial de un vehículo 0km, el presidente de la Cámara de Mandatarios explicó: “Creo que en Buenos Aires se implementaron ya en seis registros, toda la digitalización viene de la mano de la firma digital, que la concesionaria, donde se venda la unidad, también cuente con firma digital y demás, o sea, todos los interventores que tengan que ver con la inscripción de un 0km deben estar en el mismo sistema: firma digital, presentación digital, verificación digital, 01 digital, y el primer formulario que tiene todos los datos del vehículo”, resumió.

Sostuvo que desde su punto de vista “cuanto más digital sea, va a ser más fácil el trabajo”.

Otra arista que mencionó Delgado es que dentro del DNU se contempla la figura de mandatarios; sin embargo, no se contemplaría la de abogados ni escribanos, u otros actores “que formaban parte del sistema registral para presentación de trámites que tengan que ver con su actividad”.

Respecto a un posible cierre de los Registros de Propiedad Automotor, Roberto Delgado opinó que “sería una cuestión muy turbia que eso suceda, porque son indispensables, pero quizás se van a regular quiénes van a conducir cada registro del automotor, o se van a regular algunos tipos de costos que se requieren”.

En este sentido argumentó que no debería dejar de existir, porque “justamente en 1954 se creó para que el ciudadano inscriba su vehículo en cada provincia y los datos sean a nivel nacional, por lo que cuando cambie la radicación, cambie su legajo y se va a la otra provincia”, sintetizó sobre el funcionamiento.

Patentes 

El presiente de la Cámara de Mandatarios de la provincia también apuntó contra una parte del DNU que se refiere a que una vez hecha la venta no tributarían más el impuesto a las patentes. “Eso me parece es un poco inconstitucional porque el tema de las patentes es potestad de las provincias”, insistió.

Al finalizar advirtió que “la sociedad debe entender que la digitalización del sistema registral para que sea ‘más ligero menos costoso’ no será tan fácil de implementar. No es que voy agarro el auto y me inscribo por la computadora, justamente hay lugares y tienen que haber donde uno pueda verificar que esos datos sean reales”.

 

Los principales cambios

BENEFICIOS. Se siguen sumando municipios misioneros al programa.

• Simplificación: se reduce la cantidad de trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio, eliminando la necesidad de presentar el título de propiedad en formato físico. Por ejemplo, el artículo 352 del DNU dice: “A todo automotor se le asignará al inscribirse en el Registro por primera vez un documento individualizante en formato físico o digital que será expedido por el Registro respectivo y se denominará ‘Título del Automotor’. Este tendrá carácter de instrumento público respecto de la individualización del automotor y de la existencia en el Registro de las inscripciones que en él se consignen, pero solo acreditará las condiciones del dominio y de los gravámenes que afecten al automotor, hasta la fecha de anotación de dichas constancias en el mismo”.

• Digitalización: se establece que todos los trámites se realicen de manera digital, incluyendo la expedición de cédulas de identificación. Lo señala el artículo 361 del DNU: “Las cédulas se entregarán digitalmente, las que tendrán la misma validez que las físicas. El adquirente podrá pedir una o varias cédulas físicas las que podrán tener un costo. Dichas cédulas deberán ser devueltas por el enajenante del automotor, expidiéndose nuevas para el adquirente”.

• Libertad de circulación: se define que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor.

• Responsabilidad: se establece que la denuncia de la tradición del automotor da lugar a la sustitución del sujeto obligado al tributo, desligando al titular transmitente de toda responsabilidad legal sobre el mismo.

• Deudas: La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.

Con la publicación del DNU, los trámites que se realicen ante los registros seccionales del automotor deberán abonar el arancel que fije el Poder Ejecutivo Nacional, salvo los casos expresamente exceptuados por esta norma y la reglamentación.

La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el registro.

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